Derechos Sexuales y Reproductivos de las PcD, Capítulo 3

Publicado el 14 Septiembre 2021

Derecho a establecer relaciones afectivas y sexuales, al noviazgo y a elegir su estado civil, así como la expresión pública y privada de los afectos

Las personas con discapacidad tienen derecho a:

  • A expresar afecto en público y en privado
  • Tener o no una relación de pareja, como el noviazgo, lo que deberá ser una elección tomada de manera libre y sin presiones
  • Elegir casarse cuando tengan la mayoría de edad y a formar una familia si así lo desean.

Fuentes: Cartilla de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos de las Personas con Discapacidad, editada por el INMUJERES en agosto de 2018 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Derecho a la participación, consulta e incidencia en las políticas públicas sobre salud, sexualidad, reproducción y bienestar

Todas las personas con discapacidad tienen derecho a participar y ser tomadas en cuenta activamente en cualquier iniciativa de ley, plan o programa público que involucre los derechos sexuales y los derechos reproductivos, la sexualidad, la reproducción, la maternidad o paternidad, en las acciones contra las violencias, y en otras que impliquen su bienestar y dignidad, así como en la asignación y ejecución del presupuesto público.

Fuentes: Cartilla de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos de las Personas con Discapacidad, editada por el INMUJERES en agosto de 2018 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


Derecho a la información científica sobre sexualidad, en lenguas, sistemas, formato y tecnologías acordes a los requerimientos de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir información científica en función de su sexualidad en las lenguas y formatos accesibles para las diferentes condiciones de discapacidad, considerando los ajustes razonables. El acceso a la información debe darse en los formatos acordes y con el empleo de las tecnologías de la información y comunicación que se tengan al alcance.

Fuentes: Cartilla de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos de las Personas con Discapacidad, editada por el INMUJERES en agosto de 2018 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.